Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados por la crisis sanitaria y se establecen nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
APERTURA : 01/02/2021 CIERRE : 28/02/2021
Finalidad de la ayuda : Ayudas dirigidas a pymes con centro productivo en Extremadura, incluidos autónomos, Comunidades de Bienes y entidades sin personalidad jurídica; de los sectores de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores afectados por la COVID-19.
La actividad principal desarrollada por la empresa, debe encuadrarse en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas recogidos en estas ayudas.
Las ayudas se irán concediendo según se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos establecidos. El plazo de presentación es de un mes a partir del 1 de febrero de 2021.
Alcance ayuda. Modalidad : Ayuda directa
Alcance de la ayuda : La subvención será de entre 2.500 y 25.000 €.
Está destinada a compensar los gastos fijos operativos de las empresas durante la Covid-19, con el objetivo de financiar las necesidades de liquidez y circulante para que la empresa pueda operar y atender sus pagos.
Requisitos:
- Que haya visto reducida su facturación durante 2020 en al menos un 20 % respecto al 2019, tomando como referencia los importes de ingresos anuales de cada ejercicio computados en sus declaraciones de IVA presentadas ante la Agencia Tributaria.
- Los solicitantes que no puedan acreditar tal disminución del volumen de operaciones, porque tributen en algún régimen específico del IVA donde no venga consignada esa información en los correspondientes modelos de declaración presentados ante la Agencia Tributaria; se considerarán beneficiarios si se han visto obligados al cierre o suspensión temporal de sus actividades como consecuencia de las medidas de contención por la COVID-19. En este caso, la ayuda es de 2.500 euros.
- Para determinar cuál es la actividad principal de la empresa, se considerará la que aparezca en la la Declaración del IVA correspondiente al ejercicio 2020.
- Es requisito estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Obligaciones de los beneficiarios:
- Ejercer su actividad y mantener el empleo existente a la presentación de solicitud hasta al menos el 31 de mayo de 2021.
- Destinar la ayuda a cubrir las necesidades liquidez o de capital circulante de la empresa para recuperar su nivel de actividad anterior a la crisis por
el COVID-19.