AYUDA BONO ALQUILER JOVEN 2026
La Junta de Extremadura convoca las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven" para las anualidades 2026-2027.
DETALLES CLAVE DE LA AYUDA
Cuantía: 250€ mensuales (duración de 2 años).
Plazo de Solicitud: Desde el 15 de Julio de 2026 hasta el 14 de Octubre de 2026.
REQUISITOS OBLIGATORIOS
Para poder solicitar esta ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Requisitos Personales:
Edad: Ser igual o inferior a 35 AÑOS en el momento de la solicitud.
Vivienda: Tener un contrato de arrendamiento formalizado conforme a la Ley 29/1994 (o cesión de uso).
- Requisitos de Ingresos y Situación Laboral:
Fuente de Ingresos: Tener una fuente regular de ingresos (trabajo, pensión, etc.). Se requiere acreditar al menos tres meses de antigüedad laboral o una duración prevista de seis meses desde la solicitud.
Límite Económico (Rentas): Los ingresos anuales de las personas físicas deben ser iguales o inferiores a 3 VECES EL IPREM (no superar los 25.200€).
Obligaciones: Estar al corriente con todas las Administraciones.
- Exclusiones:
No podrán acceder a la ayuda las personas que:
Sean propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España.
Tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador/cedente.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Los solicitantes deben adjuntar a su solicitud:
Copia completa del contrato o precontrato de arrendamiento (identificación, localización, duración y precio).
Documento que acredite la fuente regular de ingresos (contrato de trabajo, resolución de prestación, etc.).
Copia del certificado o volante de empadronamiento que demuestre el domicilio habitual y permanente en la vivienda.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
Modalidad: La tramitación es estrictamente electrónica.
Dónde presentar: A través del Registro Electrónico General de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Acceso: Utilizar el Portal del Ciudadano (Junta de Extremadura).
Requisito Técnico: Disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.
Contacto y Más Información:
Oficina de Vivienda de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata: 927514566
Web Oficial: https://www.juntaex.es/w/6073
